¿Qué tipo de productos puedes tener en tu bodega habilitada fiscalmente?

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Los Almacenes Generales de Depósito tienen por objeto el almacenamiento, guarda o conservación, manejo, control, distribución o comercialización de bienes o mercancías bajo su custodia o que se encuentren en tránsito, amparados por certificados de depósito. Asimismo, otorgan financiamiento tomando como garantía los mismos bienes o mercancías.

Estás entidades también pueden emitir certificados de depósito sobre bienes y mercancías almacenados en bodegas que no forman parte de sus instalaciones; a esas bodegas se les denomina “habilitadas” y tienen la característica que la operación y control de dicha bodega está a cargo del Almacén General de Depósito.

Los Almacenes Generales de Depósito son los únicos facultados para expedir certificados de depósito y son responsables de las mercancías que amparen dichos documentos. Los certificados de depósito se pueden otorgar como garantía de créditos contratados con instituciones de crédito.

Al habilitar una bodega con régimen fiscal se obtiene una gran cantidad de beneficios, estos enfocados en las importaciones y exportaciones que se manejan en estas bodegas o entidades.

Al tener habilitada una bodega habilitada fiscalmente se considera que se puede traer mercancías sin pagar impuestos para ofrecer la mercancía en puertos aéreos internacionales, fronterizos y marítimos de altura, tal es el caso de los Dutty Free, los cuales se han hecho famosos no solo por los productos que ofrecen, sino por los precios libres de impuestos.

En este caso las mercancías no se sujetarán al pago de impuestos al comercio exterior y de cuotas compensatorias, siempre que las ventas se hagan a pasajeros que salgan del país directamente al extranjero y la entrega de dichas mercancías se realice en los puntos de salida del territorio nacional, debiendo llevarlas consigo al extranjero y cuando la venta se haga a los pasajeros que arriben al país directamente del extranjero en puertos aéreos internacionales y dicha venta así como la entrega de las mercancías se realice en los establecimientos autorizados

Pese a esto hay cierto tipo de mercancía que no puede ser exhibido ni formar parte de un depósito fiscal.

La mercancía que no pueden ser objeto de depósito fiscal son armas, municiones, mercancías explosivas, radiactivas, nucleares y contaminantes; por otro lado los precursores químicos y químicos esenciales, los diamantes, brillantes, rubíes, zafiros, esmeraldas y perlas naturales o cultivadas o las manufacturas de joyería hechas con metales preciosos o con las piedras o perlas mencionadas; relojes; los artículos de jade, coral, marfil y ámbar deben de contar con un permiso en especial y esto solo aplica en algunos casos, ya que elementos como el marfil es ilegal tanto tenerlo como venderlo.

Dependiendo de los permisos del gobierno y de la situación tampoco se puede comercializar ningún tipo de estupefaciente, a menos que se cuente con una licencia médica especial.

De acuerdo con algunas leyes la comercialización de cigarros también está prohibida; sin embargo esta se puede revocar si se comprueba que el giro del negocio es entorno a este producto.

Para poder agilizar este proceso ALGEBASA no solo cuenta con la infraestructura para almacenar, sino que al formar parte de la AAGEDE (Asociación de Almacenes Generales de Depósito, A.C.) y cuenta con un poder que por medio del SAT se pueden hacer habilitaciones fiscales siguiendo las estrictas normas y lineamientos de dichos organismos.

Si necesitas ayuda en ALGEBASA podemos asesorarte para la habilitación fiscal de tu almacén, ya que por medio de las asociaciones tenemos la facultad de realizar este proceso.

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